Diferencia entre revisiones de «Sobreseimiento»

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El '''sobreseimiento''' (que proviene del [[latín]] ''supersedere'') es un tipo de [[resolución judicial|resolución]] que dicta un [[juez]] o un [[tribunal]], suspendiendo un [[Procesoproceso judicial|proceso]] por falta de causas que justifiquen la acción de la [[justicia]]. Habitualmente es una institución del [[derecho procesal penal]].
 
En el sobreseimiento el [[juez]], al ver la falta de pruebas o ciertos presupuestos, no entra a conocer el fondo del asunto o se abstiene de seguirlo haciendo, pudiendo terminar el proceso antes de dictar [[Sentencia judicial|sentencia]]. Por ese motivo, dependiendo de la legislación, el sobreseimiento no provoca normalmente el efecto de [[cosa juzgada]] y el proceso se podría reabrir más adelante.
 
Normalmente, el sobreseimiento se dicta mediante un [[auto judicial|auto]], que puede ser objeto de [[Recurso procesal|recurso]]. El sobreseimiento puede darse por falta de causas que justifiquen la acción de la [[justicia]], como la falta de pruebas, incomparecencia de las partes o ciertos presupuestos.
 
== Tipos de sobreseimiento ==
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*Causas: Falta de presupuestos procesales no subsanables (p.ej.: [[litispendencia]], art. 421 LEC) o subsanables pero que no se han subsanado (p.ej., [[litisconsorcio]] pasivo necesario, art. 420.4 LEC), falta de requisitos procesales esenciales (p.ej.: art. 423.3.II LEC) e incomparecencia de las partes a la audiencia previa (art. 414.3 LEC).
 
*Efectos: Finalización del proceso mediante auto, la pretensión queda imprejuzgada (no hay sentencia sobre el fondo) y no hay efecto de [[cosa juzgada]], pero sólosolo se podrá reabrir el proceso si se trata de una circunstancia subsanable.
 
*Condena en costas: Para la parte que haya ocasionado el sobreseimiento.
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{{listaref}}
 
{{Control de autoridades}}
[[Categoría:Derecho procesal]]
[[Categoría:Términos jurídicos]]