Diferencia entre revisiones de «Ejido»

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[[Archivo:Ejido Zopilote Tequixquiac.JPG|miniaturadeimagen|Ejido El Zopilote en Tequixquiac y al fondo el cerro Mesa Ahumada. Estado de México, México.]]
 
LosEl ejidos'''ejido''' estabanes un tipo de demarcación de tierras que se encuentran afuera de los pueblos, eranen terrenosforma de pastizales y bosques, y por tanto eran de uso común, por lo que eran libres para expandir los asentamientos humanos.
El '''ejido''' es un tipo de demarcación de tierras de la legislación mexicana, asociado principalmente a la [[reforma agraria]] [[Revolución mexicana|revolucionaria]], que proyectó la [[ley agraria]] de 1915 como un terreno colectivo, indiviso y sin posibilidad de venderse o heredarse. A lo largo del siglo XX, su legislación sufrió diversos cambios, de acuerdo con los proyectos económicos y políticos de los gobiernos en turno.<ref name=":0">{{Cita web|url=https://www.nexos.com.mx/?p=23778|título=La invención del ejido|fechaacceso=2021-01-06|sitioweb=www.nexos.com.mx|idioma=es}}</ref>
 
== Historia ==
=== Etimología ===
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Por su etimología [[Latín|latina]], ''exitus'' (salida), el ejido era el "[[campo (rural)|campo]] de un [[pueblo]], colindante con él, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados o establecerse las eras".<ref>{{cita DRAE|ejido}}</ref> La primera parte de la breve pero densa definición del ''[[DRAEDiccionario de la lengua española]]'', de la [[Real Academia Española]], se refiere a su naturaleza [[bien comunal|comunal]], la segunda a su localización periférica, la tercera a su condición de [[erial]],<ref>{{cita DRAE|erial}}</ref> y la cuarta a los posibles usos (ganadero, en un caso -[[dehesa]]- y agrícola, en otro -"[[era (lugar de trabajo)|eras]]", el lugar destinado a la [[trilla]] y al depósito provisional de los granos-granos–).
 
=== Etimología.El ejido en México ===
El '''ejido''' es un tipo de demarcación de tierras de la legislación mexicana, asociadoAsociado principalmente a la [[reforma agraria]] [[Revolución mexicana|revolucionaria]], que proyectó la [[ley agraria]] de 1915 como un terreno colectivo, indiviso y sin posibilidad de venderse o heredarse. A lo largo del siglo XX, su legislación sufrió diversos cambios, de acuerdo con los proyectos económicos y políticos de los gobiernos en turno.<ref name=":0">{{Cita web|url=https://www.nexos.com.mx/?p=23778|título=La invención del ejido|fechaacceso=2021-01-06|sitioweb=www.nexos.com.mx|idioma=es}}</ref>
Por su etimología [[Latín|latina]], ''exitus'' (salida), el ejido era el "[[campo (rural)|campo]] de un [[pueblo]], colindante con él, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados o establecerse las eras".<ref>{{cita DRAE|ejido}}</ref> La primera parte de la breve pero densa definición del [[DRAE]] se refiere a su naturaleza [[bien comunal|comunal]], la segunda a su localización periférica, la tercera a su condición de [[erial]],<ref>{{cita DRAE|erial}}</ref> y la cuarta a los posibles usos (ganadero en un caso -[[dehesa]]- y agrícola en otro -"[[era (lugar de trabajo)|eras]]", el lugar destinado a la [[trilla]] y al depósito provisional de los granos-).
 
El elemento clave para entender la introducción de los ejidos a México como parte integral de las leyes que siguieron a la revolución[[Revolución mexicana]] es el contexto histórico en el que se encontraba el país. El historiador [[Emilio Kouri]],<ref>[https://www.edicionesera.com.mx/autor/emilio-kouri/#:~:text=El%20principal%20inter%C3%A9s%20acad%C3%A9mico%20de,y%20Comunidad%20en%20Papantla%2C%20M%C3%A9xico. Emilio Kourí],</ref> en su artículo: "La invención del ejido", habla de este como un resultado social de la lucha armada mexicana que fue la revolución, pero más bien que se esperaba como algo temporal a los reclamos sociales:<ref name=":0" />:
Los ejidos estaban afuera de los pueblos, eran terrenos de pastizales y bosques, y por tanto eran de uso común, por lo que eran libres para expandir los asentamientos humanos.
 
{{cita|''"Que una revolución destruya lo que es injusto o no funciona para intentar algo nuevo y diferente —con o sin éxito— es lo usual, y en el caso de México la reforma agraria de la Revolución inventó al ejido. De que es una invención moderna no debe quedar duda, como se verá enseguida. El ejido nació como un arreglo provisional, casi accidental, pero en menos de dos décadas se consolidó como el principal instrumento para la redistribución gubernamental de la tierra(...)"''<ref name=":0" />}}
=== El Ejido en México ===
El elemento clave para entender la introducción de los ejidos a México como parte integral de las leyes que siguieron a la revolución mexicana es el contexto histórico en el que se encontraba el país. El historiador [https://www.edicionesera.com.mx/autor/emilio-kouri/#:~:text=El%20principal%20inter%C3%A9s%20acad%C3%A9mico%20de,y%20Comunidad%20en%20Papantla%2C%20M%C3%A9xico. Emilio Kourí], en su artículo: "La invención del ejido", habla de este como un resultado social de la lucha armada mexicana que fue la revolución, pero más bien que se esperaba como algo temporal a los reclamos sociales<ref name=":0" />:
 
Sin embargo, el ejido se volvió una pieza principal en la política de repartición agraria en México, más como una herramienta política para establecer la paz rural luego de la caída del Porfiriato que como una herramienta efectiva que cumpliera con las demandas de los campesinos; pues para la época de posguerra revolucionararevolucionaria estos aspectos de restitución comunitaria y de espacios de propiedad indígena que daba la creación de los ejidos, resultaba en una política práctica de control.<ref>{{Cita publicación|url=http://www.ub.edu/medame/PSTrujillo.pdf|título=ELEl EJIDOejido, SÍMBOLOsímbolo DEde LAla REVOLUCIÓNRevolución MEXICANAmexicana|apellidos=Trujillo Bautista|nombre=Jorge Martín|fecha=|publicación=Secretaría de Desarrollo Social, Cultura y Deporte del Gobierno del Estado de Tamaulipas, México|fechaacceso=05122021|doi=|pmid=}}</ref> Sobre esto, Kourí también menciona en su artículo lo siguiente:
''"Que una revolución destruya lo que es injusto o no funciona para intentar algo nuevo y diferente —con o sin éxito— es lo usual, y en el caso de México la reforma agraria de la Revolución inventó al ejido. De que es una invención moderna no debe quedar duda, como se verá enseguida. El ejido nació como un arreglo provisional, casi accidental, pero en menos de dos décadas se consolidó como el principal instrumento para la redistribución gubernamental de la tierra(...)"''<ref name=":0" />
 
{{cita|''"Así, por razones tanto políticas como históricas, la solución al problema agrario de ese momento resultaba clara: la propiedad comunal era lo que la gente más humilde del campo (los indios sobre todo) entendía mejor, lo que más convenía a sus necesidades presentes y, además, al parecer, lo que decían que querían los zapatistas alzados en armas al otro lado del Ajusco(...)."''<ref name=":0" />}}
Sin embargo, el ejido se volvió una pieza principal en la política de repartición agraria, más como una herramienta política para establecer la paz rural luego de la caída del Porfiriato que como una herramienta efectiva que cumpliera con las demandas de los campesinos; pues para la época de posguerra revolucionara estos aspectos de restitución comunitaria y de espacios de propiedad indígena que daba la creación de los ejidos, resultaba en una política práctica de control.<ref>{{Cita publicación|url=http://www.ub.edu/medame/PSTrujillo.pdf|título=EL EJIDO, SÍMBOLO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA|apellidos=Trujillo Bautista|nombre=Jorge Martín|fecha=|publicación=Secretaría de Desarrollo Social, Cultura
y Deporte del Gobierno del Estado
de Tamaulipas, México|fechaacceso=05122021|doi=|pmid=}}</ref> Sobre esto, Kourí también menciona en su artículo lo siguiente:
 
Pero, ¿qué es propiamente el ejedioejido? Según el banco[[Banco mundialMundial]], el ejido es una: “institución, constituida formalmente por el gobierno federal mexicano, mediante la cual se asigna la propiedad a un grupo demográfico determinado; el ejido es una forma de propiedad social; los derechos de propiedad conferidos a este grupo demográfico son inalienables, intransferibles e inconfiscables; la propiedad deberá explotarse como una unidad de producción integral, preferentemente organizada conforme a lineamientos colectivos”.<ref>{{Cita publicación|url=https://ideas.repec.org/p/wbk/wbrwps/285.html|título=Enhancing the contribution of land reform to Mexican agricultural development|apellidos=Heath|nombre=John Richard|fecha=1990-02-28|editorial=The World Bank|número=285|fechaacceso=2021-01-06|idioma=en}}</ref>
''"Así, por razones tanto políticas como históricas, la solución al problema agrario de ese momento resultaba clara: la propiedad comunal era lo que la gente más humilde del campo (los indios sobre todo) entendía mejor, lo que más convenía a sus necesidades presentes y, además, al parecer, lo que decían que querían los zapatistas alzados en armas al otro lado del Ajusco(...)."''<ref name=":0" />
 
Los ejidos incluyen tierra comunal, parcelas individuales y un área “urbana”, y los titulares de derechos se dividen en ejidatarios, posesionarios y avecindados. Según la Ley Agraria, de Elel ejidatario (Artículo 12) es el tenedor legal de la parcela; al avecindado (Artículo 13) la Asamblea General le permite vivir en el ejido, pero sin tener derecho sobre la tierra; el posesionario (Artículo 48) puede tener una parcela mientras se aprueba su solicitud de [[derechos ejidales]].<ref>{{Cita web|url=http://www.pa.gob.mx/publica/pa07bb.htm#:~:text=Art%C3%ADculo%2073.,poblaci%C3%B3n,%20ni%20sean%20tierras%20parceladas.|título=Ley Agraria|fechaacceso=2021-01-06|sitioweb=www.pa.gob.mx}}</ref>
Pero, ¿qué es propiamente el ejedio? Según el banco mundial, el ejido es una: “institución, constituida formalmente por el gobierno federal mexicano, mediante la cual se asigna la propiedad a un grupo demográfico determinado; el ejido es una forma de propiedad social; los derechos de propiedad conferidos a este grupo demográfico son inalienables, intransferibles e inconfiscables; la propiedad deberá explotarse como una unidad de producción integral, preferentemente organizada conforme a lineamientos colectivos”.<ref>{{Cita publicación|url=https://ideas.repec.org/p/wbk/wbrwps/285.html|título=Enhancing the contribution of land reform to Mexican agricultural development|apellidos=Heath|nombre=John Richard|fecha=1990-02-28|editorial=The World Bank|número=285|fechaacceso=2021-01-06|idioma=en}}</ref>
 
Según datos del [[Registro Agrario Nacional]] (RAN), en México hay 3.1 millones de ejidatarios en 27,&nbsp;144 ejidos y 400,&nbsp;000 en 2,3302330 comunidades que, en conjunto, tienen 103 millones de hectáreas como tierras ejidales o 55 % del territorio mexicano y comoaproximadamente la mitad de la superficie cultivada total del país, 8 millones de hectáreas de un total de 16 millones.<ref>{{Cita web|url=https://www.ccmss.org.mx/los-bosques-y-selvas-en-mexico-son-de-propiedad-social-analisis-geoestadistico/|título=Los bosques y selvas en México son de propiedad social (análisis geoestadístico)|fechaacceso=2021-01-06|apellido=Madrid|nombre=Genaro|fecha=2016-11-18|sitioweb=Consejo Civil Mexicano para la Sivilcultura Sotenible|idioma=es-MX}}</ref>. De acuerdo acon datos eldel Banco Mundial, en conjunto, alrededor de 15 millones de personas dependen de los derechos ejidales como medio de subsistencia.<ref>{{Cita publicación|url=http://documents1.worldbank.org/curated/en/798981468147558414/pdf/487030WP0Mexic10Box338921B01PUBLIC1.pdf|título=Mexico's "second agrarian reform"|apellidos=Deininger, Bresciani|nombre=Klaus, Fabrizio|fecha=2002|publicación=World Bank|fechaacceso=05012021|doi=|pmid=}}</ref>
Los ejidos incluyen tierra comunal, parcelas individuales y un área “urbana”, y los titulares de derechos se dividen en ejidatarios, posesionarios y avecindados. Según la Ley Agraria de El ejidatario (Artículo 12) es el tenedor legal de la parcela; al avecindado (Artículo 13) la Asamblea General le permite vivir en el ejido, pero sin tener derecho sobre la tierra; el posesionario (Artículo 48) puede tener una parcela mientras se aprueba su solicitud de derechos ejidales.<ref>{{Cita web|url=http://www.pa.gob.mx/publica/pa07bb.htm#:~:text=Art%C3%ADculo%2073.,poblaci%C3%B3n,%20ni%20sean%20tierras%20parceladas.|título=Ley Agraria|fechaacceso=2021-01-06|sitioweb=www.pa.gob.mx}}</ref>
 
Según datos del Registro Agrario Nacional (RAN) en México hay 3.1 millones de ejidatarios en 27,144 ejidos y 400,000 en 2,330 comunidades que en conjunto, tienen 103 millones de hectáreas como tierras ejidales o 55 % del territorio mexicano y como la mitad de la superficie cultivada total del país, 8 millones de hectáreas de un total de 16 millones<ref>{{Cita web|url=https://www.ccmss.org.mx/los-bosques-y-selvas-en-mexico-son-de-propiedad-social-analisis-geoestadistico/|título=Los bosques y selvas en México son de propiedad social (análisis geoestadístico)|fechaacceso=2021-01-06|apellido=Madrid|nombre=Genaro|fecha=2016-11-18|sitioweb=Consejo Civil Mexicano para la Sivilcultura Sotenible|idioma=es-MX}}</ref>. De acuerdo a datos el Banco Mundial en conjunto, alrededor de 15 millones de personas dependen de los derechos ejidales como medio de subsistencia<ref>{{Cita publicación|url=http://documents1.worldbank.org/curated/en/798981468147558414/pdf/487030WP0Mexic10Box338921B01PUBLIC1.pdf|título=Mexico's "second agrarian reform"|apellidos=Deininger, Bresciani|nombre=Klaus, Fabrizio|fecha=2002|publicación=World Bank|fechaacceso=05012021|doi=|pmid=}}</ref>
 
== Perspectivas diferentes ==
ConEn relación alcon el resultado de la implementación de los ejidos como política de desarrollo agrario, se pueden observar dos grandes perspectivas,: unaslas que apoyan la creación de los ejidos y otralas que los califican como un fracaso de [[política social]].<ref>{{Cita noticia|título=El Ejidoejido o el fracaso de una política|url=https://elpais.com/diario/2000/02/10/opinion/950137204_850215.html|periódico=El País|fecha=2000-02-09|fechaacceso=2021-01-06|issn=1134-6582|idioma=es|nombre=Gema Martín|apellidos=Muñoz}}</ref> El sentido general de cada postura puede resumirse de la siguiente forma: aquellosquienes están a favor del ejido lo ven como una forma de organización con base aen la [[tenencia de la tierra]] que da forma al [[desarrollo comunitario]], principalmente en [[comunidades indigenas indígenas]].<ref>{{Cita publicación|url=http://journals.openedition.org/caravelle/5605|título=Tierras ejidales: ¿Mercancíamercancía o territorios indígenas? . Intermediación legal y nuevas interpretaciones disonantes de la legislación agraria en el México contemporáneo|apellidos=Torres-Mazuera|nombre=Gabriela|fecha=2019-06-01|publicación=Caravelle. Cahiers du monde hispanique et luso-brésilien|número=112|páginas=95–108|fechaacceso=2021-01-06|idioma=es|issn=1147-6753|doi=10.4000/caravelle.5605}}</ref>. Por otro lado, están los retractoresdetractores del sistema, llamandoquienes consideran a los ejidos como dañinos para el avance y desarrollo económico en México, esto por la baja [[productividad agraria]] que este tipo de tierra suele tener.<ref name=":1">{{Cita web|url=https://www.noroeste.com.mx/publicaciones/view/radiografia-del-manejo-forestal-comunitario-en-mexico-un-modelo-bajo-presion-1217979|título=Radiografía del manejo forestal comunitario en México: un modelo bajo presión - Noroeste|fechaacceso=2021-01-06|sitioweb=www.noroeste.com.mx|idioma=es}}</ref> Un ejemplo claro de esto es que en México existen alrededor de 2900 ejidos, y de estos las comunidades realizan algún tipo de aprovechamiento de sus [[recursos forestales]]; sin embargo, poco menos del 50 %por ciento de ellas hahan logrado escalar y crear empresas forestales comunitariacomunitarias.<ref name=":1" />
 
== Referencias ==
{{listaref}}
 
==Véase también==
* [[derecho agrario]]
 
{{Control de autoridades}}