Diferencia entre revisiones de «Dictador (Antigua Roma)»

Contenido eliminado Contenido añadido
Deshecha la edición 161540010 de Ardilla007 (disc.) vandalismo
Etiqueta: Deshecho
 
(No se muestran 35 ediciones intermedias de 19 usuarios)
Línea 1:
[[Archivo:Cincinato abandona el arado para dictar leyes a Roma, c.1806 de Juan Antonio Ribera.jpg|miniaturadeimagen|Cuadro, obra de [[Juan Antonio Ribera]], representando el momento en que varios [[Senado romano|senadores]], en representación del pueblo romano, acuden en busca de [[Cincinato]] para nombrarle dictador de [[República romana|Roma]] y hacer frente a los pueblos que amenazaban la ciudad.]]
Un '''dictador''' era un [[Magistratura (Antigua Roma)|magistrado]] de la [[República romana]] al que se le confería la plena autoridad del Estado para hacer frente a una emergencia militar o para emprender una tarea específica de carácter excepcional. Todos losLos demás magistrados estaban subordinados a su ''[[imperium]]'' y la posibilidad de que los [[Tribuno de la plebe|tribunos de la plebe]] vetaran sus acciones o de que el pueblo apelara contra ellas era muy limitada. Sin embargo, para evitar que la dictadura amenazara al propio Estado, se impusieron importantes limitaciones a sus poderes: un dictador solo podía actuar dentro de la esfera de autoridad a la que estaba destinado y estaba obligado a renunciar a su cargo una vez cumplida la tarea que se le había encomendado, o al cabo de seis meses. Se nombraron dictadores con frecuencia desde los primeros tiempos de la República hasta la [[segunda guerra púnica]], pero la magistratura quedó en suspenso durante más de un siglo, hasta que fue restablecida en una forma significativamente modificada, primero por [[Sila]] y luego por [[Julio César]]. Este cargo se suprimió formalmente tras la muerte de César y no se restableció bajo el [[Imperio romano|Imperio]].<ref name="Harper's">''Harper's Dictionary of Classical Antiquities'', p. 509.</ref><ref name="OCD2 Dictator">''Oxford Classical Dictionary'', p. 339 («Dictator»).</ref>{{Harvnp|Lintott|1999|pp=109-113}}
 
== Origen ==
Línea 5 ⟶ 6:
Con la abolición de la [[monarquía romana]] en 509 a.&nbsp;C., el ''[[imperium]]'' o poder ejecutivo del rey se dividió entre dos [[Magistratura (Antigua Roma)|magistrados]] elegidos anualmente, conocidos como ''praetores'' y que con el tiempo se les conocería como [[Cónsul romano|cónsules]], aunque probablemente no hasta la creación de la [[Pretor|pretura]] en el año 367 a.&nbsp;C.<ref>''Oxford Classical Dictionary'', p. 286 («Consul»).</ref> Un cónsul no era superior al otro y las decisiones de uno podían ser apeladas por el otro (''provocatio''). Sus insignias eran la ''[[Toga#Variedades|toga praetexta]]'' y la ''[[Silla curul|sella curulis]]'', y estaban acompañados por una escolta de [[lictor]]es, cada uno de los cuales portaba el [[fasces]], un haz de varas rematado por una [[drae:segur|segur]] o hacha, a pesar de que era costumbre que los lictores tenían que quitar las hachas de sus fasces dentro del ''[[pomerium]]'', el límite sagrado de Roma, para simbolizar que el pueblo, y no los cónsules, eran los soberanos.<ref>''Oxford Classical Dictionary'', pp. 429 («Fasces»), 609 («Lictores»), 639 («Magistracy, Roman»), 1080 («Toga»).</ref>
 
Después de varios años,{{#tag:refRefn|1=Se desconoce la fecha exacta, al igual que muchos de los detalles de este acontecimiento, pero el año 501 a.&nbsp;C. es la fecha que por lo general predomina entre los historiadores.{{Harvnp|Broughton|1951|p=9}}|group=Nota}} el temor de una guerra inminente tanto contra los [[sabinos]] como contra la [[Liga latina]], junto con la sospecha generalizada de que uno o ambos cónsules estaban a favor de la restauración de la monarquía, condujo a la solicitud para que se nombrara a un ''praetor maximus'', o ''dictator'' ('el que da las órdenes'), puesto muy parecido a la magistratura suprema de las otras ciudades latinas.<ref name="Livio ii 18">Livio, ii. 18.</ref><ref name="OCD2 Dictator"/> Según la mayoría de las fuentes, el primer dictador fue [[Tito Larcio]] en el año 501 a.&nbsp;C., quien nombró a [[Espurio Casio]] su ''[[magister equitum]]''.<ref name="Livio ii 18"/>{{#tag:refRefn|1=Una posibilidad alternativa mencionada por [[Tito Livio|Livio]] es que el primer dictador fue [[Manio Valerio Máximo]], aunque el propio Livio lo consideró improbable, ya que se suponía que los dictadores eran ''consulares'', es decir, hombres que ya habían servido como cónsules; si se hubiera deseado a un Valerio, su hermano Marco (descrito por Livio como el tío o el padre de Manio), cónsul en 505 a.&nbsp;C., habría sido escogido en su lugar.<ref name="Livio ii 18"/> Los historiadores modernos generalmente comparten la opinión de Livio, a pesar del hecho de que Manio Valerio fue nombrado dictador en el año 494 a.&nbsp;C., sin haber ejercido primero el cargo de cónsul.{{Harvnp|Broughton|1951|pp=9, 14}}|group=Nota}}
 
Aunque hay indicios de que en una época anterior pudepudo haber sidohaberse utilizado el término ''praetor maximus'',{{#tag:refRefn|1=El experto en [[estudios clásicos]] británico Andrew Lintott considera que la evidencia del ''praetor maximus'' como el nombre original de la magistratura no es concluyente, ya que se basa la interpretación de una antigua ley que exigía que un alto funcionario con ese nombre se encargara del rito religioso de clavar un clavo en la pared del [[templo de Júpiter Óptimo Máximo]] (ver nota 6 en este mismo artículo); la ley parece que data de la época de la monarquía, y bajo la República se interpretó en el sentido de que este cometido debía ser asumido por un dictador, en su calidad de magistrado de más alto rango; pero el primero en ejercitarlo después de la expulsión de los Tarquinos (el derrocamiento de la monarquía romana) fue un cónsul, [[Marco Horacio Pulvilo]]. Sin embargo, la ley parece confirmar la existencia de esta magistratura en la época de los reyes, lo que podría considerarse como el precursor de los posteriores ''magister populi''.{{Harvnp|Lintott|1999|p=104 (nota 47)}}<ref name="Livio vii 3">Livio, vii. 3.</ref>|group=Nota}} el título oficial del dictador a lo largo de la historia de la República fue ''magister populi''.{{#tag:refRefn|1=Prueba del origen militar de la institución,{{Harvnp|Siles|2014|p=417}} pues a mediados y finales del período monárquico romano, el mando supremo del ejército correspondía al rey, auxiliado por un ''magister populi'', como jefe de la infantería.{{Harvnp|Blanch|2011|p=31}}|group=Nota}} Su lugarteniente era el ''magister equitum'' ('maestro del caballo', es decir, de la caballería{{#tag:refRefn|1=Literalmente, de los ''equites'', a veces traducido como «caballeros».|group=Nota}}). Sin embargo, el uso del término ''dictator'' para referirse al ''magister populi'' parece haber sido una práctica generalizada desde los primeros tiempos.<ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=110}}
 
== Nominación ==
 
El nombramiento de un dictador requería tres trámites: primero, el [[Senado romano]] debía emitir un decreto conocido como ''[[Senatusconsultum|senatus consultum]]'', autorizando a uno de los cónsules a designar (''dicere'') a un dictador.{{Harvnp|Smith|1875|p=405}} Técnicamente, un ''senatus consultum'' era de carácter consultivo y no tenía fuerza de ley, pero en la práctica casi siempre se cumplía.{{#tag:refRefn|1=Una notable excepción se dio en el año 431 a.&nbsp;C., cuando los cónsules [[Tito Quincio Cincinato Peno]] y [[Cneo Julio Mentón]] recibieron la orden de nombrar a un dictador, probablemente después de haber sido derrotados en su intento de desalojar a los [[ecuos]] y a los [[volscos]] de sus fortificaciones en el [[Monte Artemisio|monte Algidus]]. Los cónsules, que todavía se consideraban capaces de mantener el mando militar, se negaron, hasta que los tribunos de la plebe amenazaron con encarcelarlos si no nombraban a un dictador.<ref>Livio, iv. 26.</ref>|group=Nota}} Cualquiera de los dos cónsules podría nominar a un dictador. Si ambos cónsules estaban disponibles, el dictador se elegía de común acuerdo; si no podían ponerse de acuerdo, los cónsules echaban a suertes la responsabilidad.<ref>Livio, iv. 27.</ref> Finalmente, la ''[[Asambleas romanas|comitia curiata]]'' debía atribuirle el ''imperium'' al dictador mediante la aprobación de una disposición conocida como ''[[lex curiata de imperio]]''.<ref name="Harper's"/><ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=110}}
 
Un dictador podía ser nominado por diferentes razones, o ''causa''. Las tres más comunes eran ''rei gerundae causa'' ('para que así se haga'), utilizada en el caso de dictadores designados para ejercer un mando militar contra un enemigo específico; ''comitiorum habendorum causa'' ('celebración de ''comitia'', o elecciones') cuando los cónsules no podían hacerlo; y ''clavi figendi causa'', un importante rito religioso que consistía en clavar un clavo en la pared del [[templo de Júpiter Óptimo Máximo]] como protección contra la peste.{{#tag:refRefn|1=Como se trataba de un ritual anual, generalmente debía ser realizado por los cónsules; pero Livio menciona una antigua ley que exigía que fuera realizado por el ''praetor maximus'', aparentemente un magistrado en la época de los reyes; y en al menos una ocasión en la que había un dictador, se interpretó que significaba que el rito ''tenía'' que ser ejecutado por el dictador, en tanto que en ese momento era el que ostentaba el más alto ''imperium''.<ref name="Livio vii 3"/>|group=Nota}}<ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=110}}{{Harvnp|Siles|2014|pp=416-417}}
 
Otros motivos podían ser ''seditionis sedandae causa'' ('para sofocar la sedición'); ''ferarium constituendarum causa'' ('establecer una fiesta religiosa') en respuesta a un terrible presagio;{{#tag:refRefn|1=En 344 a.&nbsp;C. «una lluvia de piedras cayó y la oscuridad se extendió por el cielo durante el día».<ref>Livio, vii. 28.</ref> Esto parecía una repetición de un presagio que se dio durante el reinado de [[Tulo Hostilio]], el tercer rey de Roma, cuando una lluvia de piedras cayó sobre el [[Monte Cavo|monte Albano]] después de la guerra en la que Hostilio había destruido la antigua ciudad latina de [[Alba Longa]] y trasladado a sus gentes a Roma. En respuesta, se decretó una fiesta religiosa de nueve días, con la intención de que se repitiera en caso de que tal presagio ocurriese de nuevo.<ref>Livio, i. 31.</ref>|group=Nota}}); ''ludorum faciendorum causa'' ('celebrar los ''[[Ludi]] romani''') o «Juegos romanos», una antigua fiesta religiosa; ''quaestionibus exercendis'' ('investigar ciertas acciones');<ref>Livio, ix. 27.</ref> y en un caso extraordinario, ''senatus legendi causa'', para reponer los escaños del Senado después de la [[batalla de Cannas]].<ref name="Livio xxiii. 23.">Livio, xxiii. 23.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|pp=112, 132, 150, 152, 248}} Estas razones se podían combinar (''seditionis sedandae et rei gerundae causa''), pero no siempre se registran o se declaran claramente por las autoridades de la antigüedad y por lo tanto son deducidas.{{Harvnp|Broughton|1951|p=112}}
 
En los primeros tiempos era habitual nombrar a alguien a quien el cónsul consideraba el mejor comandante militar disponible; a menudo se trataba de un antiguo cónsul, pero no era obligatorio. Sin embargo, a partir del año 360 a.&nbsp;C., los dictadores generalmente eran ''consulares''.<ref name="OCD2 Dictator"/>{{#tag:refRefn|1=La principal excepción fue el desventurado [[Marco Claudio Glicia]], [[liberto]] de [[Publio Claudio Pulcro]], que lo nombró dictador en un arrebato de despecho, cuando el Senado lo destituyó de su cargo después de haber ignorado los malos presagios y ser derrotado en la [[batalla de Drépano]]. El Senado obligó a Glicia a renunciar al cargo, incluso antes de que pudiera nombrar un ''magister equitum''.<ref>''Dictionary of Greek and Roman Biography and Mythology'', vol. II, p. 276.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|p=215}}|group=Nota}} Normalmente solo había un dictador a la vez, aunque se podía nombrar un nuevo dictador tras la dimisión de otro.{{#tag:refRefn|1=La principal excepción se produjo en el año 216 a.&nbsp;C., cuando [[Marco Fabio Buteón]] fue nombrado dictador ''legendo senatui causa'' para reponer las vacantes del Senado producidas después de la batalla de Cannas, al tiempo que el dictador ''rei gerundae causa'' [[Marco Junio Pera]] ejercía el mando militar contra [[Aníbal]].<ref name="Livio xxiii. 23."/>|group=Nota}} Un dictador podía ser obligado a dimitir de su cargo sin cumplir con su tarea o con su mandato si se descubría que había faltado a los [[auspicio]]s bajo los cuales había sido nominado.<ref>Livio, viii. 15, 17, 23.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|pp=139, 140, 145}}
 
== Insignias ==
 
Como otros magistrados curules, el dictador tenía derecho a la ''[[Silla curul|sella curulis]]'' y a lucir la ''[[Toga#Variedades|toga praetexta]]''. Se le asignaba un cuerpo de guardaespaldas ceremonial único en la tradición romana, veinticuatro [[lictor]]es<ref name=Pierik>{{cita tesis |apellido=Pierik |nombre=Erin |título=Lictors in the Roman World |fecha=2019 |tipo=tesis |docket=6128 |editorial=The University of Western Ontario |página=8 |url=https://ir.lib.uwo.ca/etd/6128}}</ref><ref name="OCD2 Dictator"/><ref>{{cita enciclopedia |título=Lictor |enciclopedia=Encyclopaedia Britannica |url=https://www.britannica.com/topic/lictor |fechaacceso=10 de agosto de 2020}}</ref> que indicaban su poder casi real, aunque era más una concentración de la autoridad [[Cónsul romano|consular]] que un renacimiento limitado de la realeza.<ref name="OCD2 Dictator"/>{{#tag:refRefn|1=Lintott considera que solo se desplegaban doce [[fasces]] cuando el dictador estaba dentro de la ciudad, o que solo se acompañaran de doce lictores aunque, citando a Livio, indica que Sila se saltó esta norma y se acompañaba de los veinticuatro.<ref name=Pierik/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}}|group=Nota}}
 
En una notable excepción a la reticencia romana a restituir los símbolos de los reyes, los lictores del dictador nunca quitaban las hachas de sus fasces, ni siquiera dentro del ''[[pomerium]]''. Las hachas de los lictores de un dictador simbolizan su poder sobre la vida y la muerte y lo distinguían de los demás magistrados.<ref name="Harper's"/>{{Harvnp|Siles|2014|p=418}} En un extraordinario gesto de deferencia, los lictores de otros magistrados no podían portar los fasces cuando comparecían ante el dictador.{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}}
Línea 32 ⟶ 33:
Además de ejercer el mando militar y llevar a cabo las acciones para las que fue nombrado, también podía convocar y presidir cualquiera de las [[Asambleas romanas|asambleas legislativas]] del pueblo romano, incluido el [[Senado romano|Senado]].{{Harvnp|Siles|2014|p=418}} La extensión del poder dictatorial era considerable, pero no ilimitada, ya que estaba limitada por las condiciones de su nombramiento, así como por el desarrollo de las tradiciones del derecho romano y no podía elaborar leyes (aunque sí aprobar decretos),{{Harvnp|Siles|2014|p=419}} y dependía en gran medida de la capacidad del dictador para trabajar junto con otros magistrados. Las limitaciones concretas de su poder no estaban claramente definidas y fueron objeto de debate, contención y especulación a lo largo de la historia de Roma.{{Harvnp|Lintott|1999|p=112}}
 
Para la consecución de su ''causa'', la autoridad del dictador era casi absoluta. Sin embargo, por regla general no podía sobrepasar el mandato para el que había sido nombrado; así, un dictador designado para convocar unas ''comitia'' no podía asumir un mando militar contraviniendo la voluntad del Senado.{{#tag:refRefn|1=Por ejemplo, Lucio Manlio Capitolino fue nombrado ''clavi figendi causa'', pero quería liderar un ejército contra los [[hérnicos]]. Procedió a reclutar tropas, pero se vio obligado a dimitir antes de poder dirigirse al frente y fue procesado al año siguiente.<ref>Livio, vii. 3-5.</ref>|group=Nota}} Sin embargo, el Senado podría requerir a un dictador que ejerciera una función distinta a la anunciada públicamente.{{#tag:refRefn|1=Por ejemplo, [[Cayo Julio Julo (dictador)|Cayo Julio Julo]] fue nombrado oficialmente en el año 352 a.&nbsp;C. para librar una guerra contra los [[etruscos]] pero, de hecho, no existía ninguna amenaza por parte de los etruscos, sino que en realidad había sido nombrado para propiciar la elección de dos cónsules [[patricios]], violando de este modo la ''[[Leges Liciniae-Sextiae|lex Licinia Sextia]]'', que estipulaba que uno de los cónsules debía ser plebeyo.{{Harvnp|Broughton|1951|p=125}}|group=Nota}} Algunos dictadores nombrados para un mando militar también desempeñaron otras funciones, como celebrar unas ''comitia'', pero presumiblemente lo hicieron con el consentimiento del Senado.<ref>Livio, xxxiii. 14.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|p=248}}
 
El ''[[imperium]]'' de los demás magistrados no quedaba anulado por el nombramiento de un dictador. Seguían desempeñando las funciones de su cargo, aunque sujetos a la autoridad del dictador, y permanecían en el puesto hasta la expiración de su mandato anual, momento en el que por lo general el dictador había cesado en sus funciones.
<ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}} Por lo general los dictadores eran [[Cónsul romano|cónsules]] y no está claro si el ''imperium'' de un dictador podría extenderse más allá del consulado para el que fue nombrado; [[Theodor Mommsen]] consideraba que su ''imperium'' terminaba al tiempo que su consulado, pero otros autores opinan que podría continuar más allá del final del año civil y de hecho hay varios ejemplos en los que un dictador parece haber iniciado un nuevo año sin ningún cónsul, aunque algunos estudiosos dudan de la autenticidad de estos «años dictatoriales».{{Harvnp|Mommsen|1876|pp=ii. 133-172}}{{Harvnp|Broughton|1951|pp=140, 141, 147-149, 162, 163, 169-171}}{{Harvnp|Lintott|1999|p=110}}
 
Inicialmente el poder de un dictador no estaba sujeto ni a la ''provocatio'', ni al derecho a apelar la decisión de un magistrado, ni a la ''intercessio'', el veto de los [[Tribuno de la plebe|tribunos de la plebe]].<ref>Livio, ii. 18, iii. 20.</ref><ref>Dionisio, vi. 58.</ref><ref name="Harper's"/><ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}} Sin embargo, la ''lex Valeria'', que establecía el derecho de apelación, no quedaba derogada por el nombramiento de un dictador y en el año 300 a.&nbsp;C. incluso el dictador fue objeto de ''provocatio'', al menos en la ciudad de Roma.<ref>Livio, viii. 29-35.</ref><ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}} También hay evidencia de que el poder de los tribunos plebeyos no quedaba totalmente anulado por las órdenes del dictador y, en el año 210 a.&nbsp;C., los tribunos amenazaron con impedir las elecciones convocadas por el dictador [[Quinto Fulvio Flaco]] a menos que aceptara retirar su nombre de la lista de candidatos al consulado.<ref name="Livio xxvii 6">Livio, xxvii. 6.</ref><ref>Plutarco, ''Vidas'', «Fabio Máximo», 9.</ref>{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}}{{#tag:refRefn|1=En este caso, ambas partes se encontraban en un punto muerto y acordaron someter el asunto al Senado para su resolución. El Senado decidió que sería mejor permitir que Fulvio se presentara a las elecciones, teniendo en cuenta su dilatada experiencia (antes de su dictadura, había sido cónsul tres veces, [[pretor]], [[Censor romano|censor]] y ''magister equitum'').<ref name="Livio xxvii 6"/>|group=Nota}}
 
Se esperaba que un dictador renunciara a su cargo una vez concluida con éxito la tarea para la que había sido nombrado, o al cabo de seis meses.<ref name="Harper's"/><ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Siles|2014|p=415}} Se pretendía que esta importante limitación impidiera que la dictadura se acercara demasiado al poder absoluto de los [[Monarquía romana|reyes romanos]].<ref name="OCD2 Dictator"/> Pero es posible que se haya prescindido de la limitación de seis meses cuando el Senado lo consideró oportuno; no se conocen cónsules durante los años 333, 324, 309 y 301, y hay constancia de que el dictador y el ''magister equitum'' continuaron en el cargo sin que hubiese ningún otro cónsul.{{Harvnp|Broughton|1951|pp=140, 141, 147-149, 162, 163, 169-171}}
 
Dada la propia naturaleza de esta magistratura, la mayoría de los expertos sostienen que a un dictador no se le podían exigir responsabilidades por sus actos después de finalizar su cargo, por lo que el procesamiento de [[Marco Furio Camilo]] por apropiarse indebidamente del botín de la ciudad etrusca de [[Veyes]] es excepcional,{{Harvnp|Smith|1875|p=407}} como tal vez fue el de Lucio Manlio Capitolino en el año 362,{{#tag:refRefn|1=La naturaleza exacta de las acusaciones difiere según la fuente; Broughton enumera cuatro razones aducidas por las antiguas autoridades: «1) seguir siendo dictador cuando terminó su deber religioso; 2) seguir en el cargo más allá de su mandato legal; 3) establecer un embargo con demasiada severidad; 4) maltratar a su hijo, el futuro T. Manlio Torcuato...»{{Harvnp|Broughton|1951|p=118}}|group=Nota}} que fue depuesto solo porque su hijo, [[Tito Manlio Imperioso Torcuato|Tito]],{{#tag:refRefn|1=El futuro Tito Manlio Torcuato llegó a ser dictador en tres ocasiones; en los años 353, 349 y 320 a.C., y cónsul en dos, en los años 344 y 340. Fue el Manlio que obtuvo su apellido por haber derrotado a un gigante galo en un solo combate y por haber tomado su torque. A pesar de los malos tratos a manos de su padre, era tan fuerte su respeto por la disciplina paterna, que cuando su hijo mayor desobedeció las órdenes al enfrentarse en combate singular con el líder de la caballería latina (a quien derrotó y mató), el cónsul ordenó que su hijo victorioso fuera azotado y decapitado.|group=Nota}} amenazó la vida del tribuno que había emprendido la acusación. Sin embargo, algunos estudiosos sugieren que el dictador solamente estaba libre de enjuiciamiento durante su mandato y que teóricamente podría ser citado para responder a cargos de corrupción.{{Harvnp|Lintott|1999|p=111}}
 
== ''Magister equitum'' ==
 
El lugarteniente del dictador era el ''[[magister equitum]]''. Lo designaba inmediatamente después de su propio nombramiento y, a menos que el ''senatus consultum'' especificara el nombre de la persona que debía ser designada, el dictador era libre de elegir a quien quisiera.<ref name="Harper's"/><ref name="OCD2 Dictator"/> Era costumbre que el dictador nombrara un ''magister equitum'' aunque fuera nombrado por una ''causa'' no militar. Antes de la llegada de César, el único dictador que se negó a nombrar a un lugarteniente fue [[Marco Fabio Buteón]] en el año 216 a.&nbsp;C. (quien de hecho se oponía enérgicamente a su propia nominación, porque ya había un dictador que ejercía el mando militar.{{#tag:refRefn|1=Ver nota 10.|group=Nota}}<ref name="Livio xxiii. 23."/>
 
Al igual que el dictador, el ''magister equitum'' era un magistrado curul, con derecho a la ''toga praetexta'' y a la ''sella curulis''. Su ''imperium'' era equivalente al de un pretor y estaba escoltado por seis lictores, la mitad del número concedido a los cónsules. Pero al igual que el dictador, podía convocar al Senado y probablemente también a las asambleas populares. Su autoridad no estaba sujeta a revocación, aunque si el dictador se veía obligado a dimitir por un fallo de sus auspicios también se esperaba que dimitiera su lugarteniente, y cuando el dictador dejaba su ''imperium'', también lo haría el ''magister equitum''.{{Harvnp|Lintott|1999|p=112}}
 
En teoría era el comandante de la caballería, pero no se limitaba a ese cometido. El dictador y su lugarteniente no siempre actuaban juntos; en algunos casos, al ''magister equitum'' se le asignaba la defensa de la ciudad mientras que al dictador se le asignaba un ejército en el frente, mientras que en otras ocasiones el dictador permanecía en Roma para ocuparse de alguna tarea importante y le confiaba a su lugarteniente el mando del ejército.<ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Siles|2014|p=417}} El ''magister equitum'' estaba forzosamente a las órdenes del dictador, aunque esto no siempre evitó que los dos estuvieran en desacuerdo.{{Harvnp|Lintott|1999|p=112}}{{#tag:refRefn|1=En el año 325 a.&nbsp;C., el dictador [[Lucio Papirio Cursor]] se enfureció tanto cuando su ''magister equitum'' se enfrentó al enemigo en una batalla en contra de sus órdenes expresas, que tuvo la intención de azotar y tal vez decapitar al joven [[Quinto Fabio Máximo Ruliano]], a pesar de que Fabio había obtenido una famosa victoria; solo se vio refrenado cuando Fabio escapó y se dirigió a Roma, donde el pueblo romano intercedió en su favor y rogó al dictador que mostrara misericordia. Un siglo más tarde, cuando el nieto de Fabio, [[Quinto Fabio Máximo|Quinto Fabio Máximo Verrucoso]], era dictador, su ''magister equitum'', [[Marco Minucio Rufo]], lo desafió abiertamente, e igualmente huyó a Roma temiendo por su vida, donde convenció al Senado para que le concediera un ''imperium'' idéntico al del dictador. Pero en este caso, fue el dictador quien acudió al rescate de su rebelde lugarteniente, cuando Minucio se enfrentó a [[Aníbal]] de manera imprudente y estuvo al borde de la destrucción en la [[batalla de Geronium]].{{Harvnp|Lintott|1999|p=112}}|group=Nota}}
 
== Declive ==
 
Durante los dos primeros siglos de la República, la dictadura fue un medio expeditivo que permitía, salvaguardando la [[Constitución de la República romana|Constitución romana]], crear con rapidez una magistratura poderosa para hacer frente a situaciones excepcionales.{{Harvnp|Lintott|1999|p=110}}{{Harvnp|Siles|2014|p=413}} Creada inicialmente para emergencias militares, el cargo también podría utilizarse para reprimir la sedición e impedir que la creciente [[plebe]] obtuviera un mayor poder político.{{Harvnp|Siles|2014|p=418}} En el [[Conflicto patricio-plebeyo|conflicto de los órdenes]] se podía contar con su apoyo a la nobleza romana, ya que los dictadores siempre fueron [[patricios]], nombrados por [[Cónsul romano|cónsules]] que eran exclusivamente patricios. Después de que la ''[[Leges Liciniae-Sextiae|lex Licinia Sextia]]'' estipulara que uno de los dos cónsules anuales fuera plebeyo, se designó a una serie de dictadores para que celebraran elecciones, con el aparente objetivo de elegir a dos cónsules patricios, contraviniendo esta ley.{{Harvnp|Broughton|1951|pp=125, 128}}{{#tag:refRefn|1=Como en el año 352 a.&nbsp;C., cuando el dictador [[Cayo Julio Julo (dictador)|Cayo Julio Julo]] fue nombrado supuestamente para librar una guerra contra los etruscos, aunque no existía una amenaza real por parte de Etruria; sin embargo, no pudo impedir la elección de un cónsul plebeyo. Dos años más tarde, el dictador [[Lucio Furio Camilo]] consiguió forzar la elección de dos patricios.{{Harvnp|Broughton|1951|pp=125, 128}}|group=Nota}}
 
Después de la [[Guerras samnitas#Segunda guerra samnita|segunda guerra samnita]], la dictadura se limitó casi exclusivamente a actividades domésticas. No se nombró a ningún dictador durante la [[Guerras samnitas#Tercera guerra samnita|tercera guerra samnita]], y la limitación de seis meses de sus poderes hizo que la dictadura fuera poco práctica durante las campañas fuera de la [[península itálica]].<ref name="OCD2 Dictator"/>{{Harvnp|Lintott|1999|p=112}} Cuando invadió Sicilia en 249 a.&nbsp;C., [[Aulo Atilio Calatino]] se convirtió en el único dictador que comandó un ejército fuera de Italia y fue el único dictador que tuvo mando militar durante la [[primera guerra púnica]].{{Harvnp|Broughton|1951|p=215}} Los últimos dictadores que dirigieron un ejército sobre el terreno fueron [[Quinto Fabio Máximo|Quinto Fabio Máximo Verrucoso]] en el año 217 y [[Marco Junio Pera]] al año siguiente, durante las primeras fases de la [[segunda guerra púnica]].{{Harvnp|Broughton|1951|pp=243, 248}} Todos los demás dictadores nombrados durante ese conflicto permanecieron en Roma para celebrar ''comitia'';{{#tag:refRefn|1=[[Tito Manlio Torcuato (cónsul 235 a. C.)|Tito Manlio Torcuato]] también celebró los ''Ludi romani'' en 208 a.&nbsp;C.<ref>Livio, xxvii. 34.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|p=290}}|group=Nota}} el último dictador nombrado de la manera tradicional y constitucional fue [[Cayo Servilio Gémino]], en el año 202 a.&nbsp;C.<ref>Livio, xxx. 39.</ref>{{Harvnp|Broughton|1951|p=316}}
 
== Las dictaduras de Sila y César ==
Línea 62 ⟶ 63:
Con el tiempo y la evolución social y política de la República y con los cambios introducidos, como quedar sujeta al veto de los tribunos y la apelación al pueblo, la dictadura entró en un progresivo declive y, a finales del período republicano, se hizo un uso distorsionado y manipulado de sus orígenes iniciales.{{Harvnp|Sles|2014|p=419}} Los magistrados y promagistrados ordinarios de Roma llevaron a cabo con éxito todas las campañas militares romanas, sin necesidad de un dictador y el cargo cayó en desuso. Pero en 82 a. C., la dictadura fue repentinamente restablecida por [[Sila]].
 
Sila, que ya era un general de éxito, había marchado sobre Roma y tomado la ciudad para arrebatarles el control a sus rivales políticos seis años antes; pero tras permitir la elección de magistrados para el año 87 a.&nbsp;C. y partir para combatir en el este, sus enemigos regresaron. En el año 83 se fijó como objetivo la recuperación de Roma y tras derrotar a sus opositores de forma decisiva al año siguiente, el Senado y el pueblo lo nombraron ''dictator legibus faciendis et rei publicae constituendae'', confiriéndole así a Sila el poder de reescribir la constitución romana, sin ningún tipo de límite de tiempo.<ref name="OCD Sila">''Oxford Classical Dictionary'', p. 1022 («Sulla»).</ref>{{#tag:refRefn|1=La iniciativa legislativa fue presentada por [[Lucio Valerio Flaco (cónsul 100 a. C.)|Lucio Valerio Flaco]], que había sido designado ''[[interrex ]]'' a petición de Sila, ya que los dos cónsules estaban muertos. A su vez, Sila nombró a Flaccus su ''magister equitum''.<ref name="OCD Sila"/>|group=Nota}}
 
Las reformas de la constitución de Sila duplicaron el número de escaños del Senado, de 300 a 600, cubriendo estos puestos entre sus partidarios. Luego impuso importantes límites al poder de los [[Tribuno de la plebe|tribunos]], restringiéndoles el veto y prohibió a los extribunos el acceso a las altas magistraturas. Aunque renunció a la dictadura en el año 81 y ocupó el cargo de cónsul en el 80, para luego regresar a la vida privada, las acciones de Sila debilitaron al Estado romano y sentaron un precedente para la concentración de poder sin una limitación efectiva.<ref name="OCD Sila"/>
Línea 70 ⟶ 71:
== Abolición ==
 
El asesinato de César fue llevado a cabo por conspiradores que se presentaron como salvadores de la República. Con el fin de mantener el apoyo popular, los seguidores de César se esforzaron por mostrar su propio compromiso con la preservación del régimen romano. Un mes después del asesinato, [[Marco Antonio]], que había sido el ''magister equitum'' de César en el año 47 a.{{esd}}C., propuso una serie de leyes que confirmaban las actuaciones de César, pero que establecían la abolición formal de la dictadura. Estas disposiciones se conocen como ''[[Ley Antonia|leges Antoniae]]''.<ref>''Oxford Classical Dictionary'', p. 601 («Lex»).</ref>{{Harvnp|Smith|1875|p=408}}
 
En el año 23 a.&nbsp;C., cuando [[Augusto]], sobrino y heredero de César, asumió el control total del Estado, el Senado se ofreció a nombrarlo dictador, pero se negó,{{Harvnp|Smith|1875|p=408}} aceptando en cambio el ''imperium'' [[Procónsul|proconsular]] y el poder de tribuno de por vida. Así, Augusto conservaba la apariencia de respetar el régimen republicano, aun cuando se arrogaba la mayoría de los poderes del Estado romano.<ref>''Dictionary of Greek and Roman Biography and Mythology'', vol. I, p. 428 («Augustus»).</ref> Siguiendo su ejemplo, ninguno de los emperadores que le sucedieron adoptó nunca el título de dictador. Cuando [[Constantino I]] decidió revivir el antiguo concepto de comandante de infantería, le asignó el nombre de ''magister peditum'' en lugar de ''magister populi'', el título oficial del dictador.<ref>''Oxford Classical Dictionary'', p. 638 («Magister Militum»).</ref>
 
== Listado de dictadores romanos ==
{{AP|Anexo:Dictadores de la Antigua Roma|l2l1=Dictadores de la RepúblicaAntigua romanaRoma}}
 
== Notas y referencias ==
{{listaref|2|group=Nota}}
;Notas
{{listaref|group=Nota}}
 
;== Referencias ==
{{listaref|2}}
 
== Bibliografía ==
{{refcomienza|2}}
* [[Dionisio de Halicarnaso|Dionisio]], ''Antigüedades romanas'' ([http://penelope.uchicago.edu/Thayer/E/Roman/Texts/Dionysius_of_Halicarnassus/home.html texto completo] en inglés, francés e italiano).
* [[Tito Livio|Livio]], ''[[Ab Urbe condita (libro)|Ab Urbe condita]]'' ([[s:en:From the Founding of the City|texto completo]] en inglés en [[Wikisource]]).
Línea 91:
* {{cita publicación |apellido=Blanch |nombre=J. M. |título=Una visión histórica y jurídica sobre el ejército romano |publicación=Anuario Jurídico y Económico Escurialense |número=XLIV |año=2011 |páginas=29-48 |issn=1133-3677 |url=https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/3625140.pdf}}
* {{cita publicación |apellido=Broughton |nombre=T. Robert S. |título=The Magistrates of the Roman Republic |editorial=American Philological Association |publicación=Philological Monographs |año=1951 |volumen=I (509 B.C.-100 B.C.) |número=XV |url=https://babel.hathitrust.org/cgi/pt?id=mdp.39015009351001 |idioma=inglés}}
* {{cita libro |título=Oxford Classical Dictionary |url=https://archive.org/details/oxfordclassicald00hamm |nombre-editor=N. G. L. |apellido-editor=Hammond |nombre-editor2=H. H. |apellido-editor2=Scullard |editorial=Clarendon Press |ubicación=Oxford |edición=2.ª |año=1970 |idioma=inglés}}
* {{cita libro |apellido=Lintott |nombre=Andrew |título=The Constitution of the Roman Republic |editorial=Oxford University Press |año=1999 |url=https://books.google.com/books?id=yaFPohP2lB8C&pg=PA109 |páginas=109 y sig.}}
* {{cita libro |apellido=Mommsen |nombre=Theodor |título=Römisches Staatsrecht |url=https://archive.org/details/rmischesstaatsr01mommgoog |editorial=S. Hirzel |ubicación=Leipzig |año=1876 |idioma=alemán}}
* {{cita libro |apellido-editor=Peck |nombre-editor=Harry Thurston |título=Harper's Dictionary of Classical Antiquities |edición=2.ª |capítulo=Dictātor |editorial=Harper & Brothers Publishers |ubicación=Nueva York |año=1898 |url=http://www.perseus.tufts.edu/hopper/text?doc=Perseus:text:1999.04.0062:entry=dictator-harpers |idioma=inglés}}
* {{cita publicación |apellido=Siles |nombre=A. |título=La dictadura en la República romana clásica como referente paradigmático del régimen de excepción constitucional |publicación=Derecho PUCP |año=2014 |número=73 |páginas=411-424 |issn=0251-3420 |url=http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/viewFile/11313/11822}}