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Diferencia entre revisiones de «Departamento de Melipilla»

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El '''Departamento de Melipilla''' es una antigua división territorial de Chile, que pertenecía a la [[Provincia de Santiago]]. La cabecera del departamento fue [[Melipilla]]. Fue creado sobre la base del antiguo [[Partido de Melipilla]]. Luego, se segregan las subdelegaciones 6ª, Lagunillas y 7ª, Algarrobo, las que se anexan al [[Departamento de Casablanca]]. En 1883 se integran 10 subdelegaciones (las correspondientes a las subdelegaciones de 1889: 10a, Chocalán; 11a, Codegua; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; 16a, Quilamuta; 17a, Carén; 18a, Alhué y 19a, El Asiento) del antiguo [[departamento de Rancagua]], con la creación de la [[provincia de O'Higgins]]. El 22 de enero de 1917, se crea el [[Departamento de San Antonio]], con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.
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El 30 de diciembre de 1927, con el DFL 8582, es incorporado nuevamente el [[departamento de San Antonio]], y su capital pasa a ser el puerto de [[San Antonio (Chile)]]. Así, el artículo 2° del DFL 8582 señala:
* '''[[San Antonio (Chile)|San Antonio]]'''
"Art. 2.o Los departamentos tendrán por límites los fijados por el decreto-ley número 354, de 17 de marzo de 1925, y sus actuales cabeceras, con las modificaciones siguientes, además de las arriba indicadas:"
* '''[[Melipilla]]'''
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| Subdelegaciones: ||

*'''1a, Melipilla'''
*'''2a, San Francisco del Monte'''
*'''3a, María Pinto'''
*'''4a, Curacaví'''
*'''5a, Lepe'''
*'''6a, Cartagena''' (hasta 1917)
*'''7a, San Antonio''' (hasta 1917)
*'''8a, Cuncumén''' (hasta 1917)
*'''9a, Matadero'''
*'''10a, Chocalán'''
*'''11a, Codegua'''
*'''12a, San Pedro''' (hasta 1917)
*'''13a, Loica''' (hasta 1917)
*'''14a, Santo Domingo''' (hasta 1917)
*'''15a, Bucalemu''' (hasta 1917)
*'''16a, Quilamuta'''
*'''17a, Carén'''
*'''18a, Alhué'''
*'''19a, El Asiento'''
*'''20a, El Tabo''' (hasta 1917)


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| Municipalidades: ||

* capital departamental:
**'''[[Melipilla]]'''


* otras municipalidades (1891)
**'''[[El Monte|San Francisco del Monte]]''' <br> (1891)
**'''[[Curacaví]]''' <br> (1891-1917)
**'''[[San Antonio (Chile)|San Antonio]]''' <br> (1891-1917)
**'''[[Chocalán]]''' <br> (1891-1928)
**'''[[Loica]]''' <br> (1891-1917)

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El '''Departamento de Melipilla''' es una antigua división territorial de Chile, que pertenecía a la [[Provincia de Santiago]]. La cabecera del departamento fue [[Melipilla]]. Fue creado sobre la base del antiguo [[Partido de Melipilla]]. En 1883 se integran 10 subdelegaciones del antiguo [[departamento de Rancagua]], con la creación de la [[provincia de O'Higgins]]. El [[22 de enero]] de [[1917]], se crea el [[Departamento de San Antonio]], con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.

El [[30 de diciembre]] de [[1927]], con el DFL 8582, es incorporado nuevamente el [[departamento de San Antonio]], y su capital pasa a ser el puerto de [[San Antonio (Chile)]]. Así, el artículo 2° del DFL 8582 señala:
"Art. 2.o Los departamentos tendrán por límites los fijados por el decreto-ley número 354, de 17 de Marzo de 1925, y sus actuales cabeceras, con las modificaciones siguientes, además de las arriba indicadas:"
"El departamento de Melipilla, estará formado por el territorio del actual departamento de San Antonio y por el de las antiguas subdelegaciones 1.a Melipilla, 2.a San Francisco del Monte, 3.a María Pinto, 9.a Matadero, 10 Chocalán y 11 Codigua, del actual departamento de Melipilla. Su cabecera es el puerto de San Antonio"
"El departamento de Melipilla, estará formado por el territorio del actual departamento de San Antonio y por el de las antiguas subdelegaciones 1.a Melipilla, 2.a San Francisco del Monte, 3.a María Pinto, 9.a Matadero, 10 Chocalán y 11 Codigua, del actual departamento de Melipilla. Su cabecera es el puerto de San Antonio"


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* El departamento de Valparaíso estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Limache, Valparaíso y Casablanca, ''por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del actual departamento de Melipilla, que queda al Norte de la línea de cumbres entre el cerro del Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de los Padrones sobre el Estero de Puangue''.
* El departamento de Valparaíso estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Limache, Valparaíso y Casablanca, ''por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del actual departamento de Melipilla, que queda al Norte de la línea de cumbres entre el cerro del Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de los Padrones sobre el Estero de Puangue''.
* El departamento de Santiago estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Santiago y La Victoria, por la parte de la antigua subdelegación 6.a Montenegro, del actual departamento de Los Andes, que queda al Sur de la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua; ''por la subdelegación 4.a Curacaví, del departamento de Melipilla, por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del mismo departamento, que queda al Sur de la línea de cumbres entre el cerro de Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de Los Padrones, sobre el estero Puangue'', y por el distrito 3.o El Monte, de la antigua subdelegación 5.a Valdivia de Paine, del actual departamento de Maipo. Su capital es la ciudad de Santiago.
* El departamento de Santiago estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Santiago y La Victoria, por la parte de la antigua subdelegación 6.a Montenegro, del actual departamento de Los Andes, que queda al sur de la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua; ''por la subdelegación 4.a Curacaví, del departamento de Melipilla, por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del mismo departamento, que queda al Sur de la línea de cumbres entre el cerro de Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de Los Padrones, sobre el estero Puangue'', y por el distrito 3.o El Monte, de la antigua subdelegación 5.a Valdivia de Paine, del actual departamento de Maipo. Su capital es la ciudad de Santiago.


* El departamento de Cachapoal estará formado por el territorio de las antiguas subdelegaciones 1.a Peumo 2.a Codao, 3.a El Carmen y 4.a El Manzano, del departamento de este nombre; ''por las antiguas subdelegaciones 16 Quilamuta, 17 Carén, 18 Alhué y 19 El Asiento, del actual departamento de Melipilla'', y por las antiguas subdelegaciones 9.a Zúñiga, 10 Pichidegua, 11 Pencahue, 12 Tagua-Tagua y 16 Larmahue, del actual departamento de San Vicente. La cabecera del departamento de Cachapoal es la Villa de San Vicente;
* El departamento de Cachapoal estará formado por el territorio de las antiguas subdelegaciones 1.a Peumo 2.a Codao, 3.a El Carmen y 4.a El Manzano, del departamento de este nombre; ''por las antiguas subdelegaciones 16 Quilamuta, 17 Carén, 18 Alhué y 19 El Asiento, del actual departamento de Melipilla'', y por las antiguas subdelegaciones 9.a Zúñiga, 10 Pichidegua, 11 Pencahue, 12 Tagua-Tagua y 16 Larmahue, del actual [[Departamento de San Vicente (Chile)|departamento de San Vicente]]. La cabecera del departamento de Cachapoal es la Villa de San Vicente;


Con el DFL 8583, se divide el Departamento en comunas-subdelegaciones de acuerdo a los límites establecidos en este decreto con fuerza de ley.
Con el DFL 8583, se divide el Departamento en comunas-subdelegaciones de acuerdo a los límites establecidos en este decreto con fuerza de ley.
Luego , se restituye el [[Departamento de San Antonio]], y la capital vuelve a [[Melipilla]].
Luego, con la Ley 5287 del 11 de octubre de 1933, se divide el Departamento de Melipilla, en el [[Departamento de San Antonio]] y el nuevo Departamento de Melipilla.


==Limites==
== Límites ==
El Departamento de Melipilla limitaba:
El Departamento de Melipilla limitaba:
* al norte con el [[Departamento de Casablanca]].
* al norte con el [[Departamento de Casablanca]].
* al oeste con el [[Oceano Pacífico]].
* al oeste con el [[Océano Pacífico]], y desde 1917 con el [[Departamento de San Antonio]]
* al sur con el [[Departamento de Rancagua]], y con el [[Departamento de San Fernando]], desde 1863, [[Departamento de Santa Cruz (Chile)|Departamento de Santa Cruz]].
* al sur con el [[Departamento de Rancagua]], y con el [[Departamento de San Fernando]].
* Al este con el [[Departamento de La Victoria]] y el [[Departamento de Rancagua]], desde 1883, [[Departamento de Maipo]].
* Al este con el [[Departamento de La Victoria]] y el [[Departamento de Santiago]], desde 1883, [[Departamento de Maipo]].


Desde 1928 el Departamento de Melipilla limitaba:
Desde 1928 el Departamento de Melipilla limitaba:
* al norte con el [[Departamento de Valparaíso]].
* al norte con el [[Departamento de Valparaíso]].
* al oeste con el [[Oceano Pacífico]].
* al oeste con el [[Océano Pacífico]], y luego con el [[Departamento de San Antonio]]
* al sur con el [[Departamento de Cachapoal]] y [[Departamento de Santa Cruz (Chile)|Departamento de Santa Cruz]].
* al sur con el [[Departamento de San Fernando]].
* Al este con el [[Departamento de Santiago]] y [[Departamento de Maipo]].
* Al este con el [[Departamento de Maipo]] y el [[Departamento de Santiago (Chile)|Departamento de Santiago]], y luego con el [[Departamento de Talagante]].


==Administración==
== Administración ==


La Ilustre Municipalidad de Melipilla se encargaba de la administración local del departamento, con sede en [[Melipilla]], en donde se encontraba la Gobernación Departamental.
La Ilustre Municipalidad de Melipilla se encargaba de la administración local del departamento, con sede en [[Melipilla]], en donde se encontraba la Gobernación Departamental.




Con el [[Decreto de Creación de Municipalidades]] del [[22 de diciembre]] de [[1891]], se crea las siguientes ''municipalidades'', con su sede y cuyo territorio es la subdelegación detallada a continuación:
Con el [[Decreto de Creación de Municipalidades]] del 22 de diciembre de 1891, se crea las siguientes ''municipalidades'', con su sede y cuyo territorio es la subdelegación detallada a continuación:


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En 1901, se crea la [[Cartagena (Chile)|Municipalidad de Cartagena]], que entra en funciones en 1903, definiendo su territorio municipal.
En 1927 con el DFL 8582 se modifica la composición del departamento, y la cabecera del departamento pasa al Puerto de [[San Antonio (Chile)|San Antonio]] y con el DFL 8583 se definen las nuevas subdelegaciones y comunas, que entran en vigor el año 1928. Al restituirse nuevamente el [[Departamento de San Antonio]], la capital pasa a ser [[Melipilla]].
En 1927 con el DFL 8582 se modifica la composición del departamento, y la cabecera del departamento pasa al Puerto de [[San Antonio (Chile)|San Antonio]] y con el DFL 8583 se definen las nuevas subdelegaciones y comunas, que entran en vigor el año 1928. Al restituirse nuevamente el [[Departamento de San Antonio]], la capital pasa a ser [[Melipilla]].


==Subdelegaciones==
== Subdelegaciones ==


Las subdelegaciones, cuyos límites asigna el decreto del 14 de enero de 1889, son las siguientes:
Las subdelegaciones, cuyos límites asigna el decreto del 14 de enero de 1889, son las siguientes:
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<small>Entre paréntesis nombre usado por el DFL 8583.</small>
<small>Entre paréntesis nombre usado por el DFL 8583.</small>


El [[22 de enero de 1917]], se crea el [[Departamento de San Antonio]], con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.
El 22 de enero de 1917, se crea el [[Departamento de San Antonio]], con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.


== Comunas y Subdelegaciones (1927)==
== Comunas y Subdelegaciones (1927) ==


De acuerdo al DFL 8583 del 30 de diciembre de 1927, en el Departamento de Melipilla se crean las comunas y subdelegaciones con los siguientes territorios:
De acuerdo al DFL 8583 del 30 de diciembre de 1927, en el Departamento de Melipilla se crean las comunas y subdelegaciones con los siguientes territorios:
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* [[San Antonio (Chile)|San Antonio]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 7.a, San Antonio; 8.a, Cuncumén; 14.a, Santo Domingo y 15.a, Bucalemu, del antiguo departamento de San Antonio.
* [[San Antonio (Chile)|San Antonio]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 7.a, San Antonio; 8.a, Cuncumén; 14.a, Santo Domingo y 15.a, Bucalemu, del antiguo departamento de San Antonio.
* [[Melipilla]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 1.a, Melipilla; 9.a, Matadero; 10.a, Chocalán, y 11.a, Codegua.
* [[Melipilla]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 1.a, Melipilla; 9.a, Matadero; 10.a, Chocalán, y 11.a, Codegua.
* [[El Monte]], que comprende la antigua subdelegación 2.a, San Francisco del Monte.
* [[El Monte (Chile)|El Monte]], que comprende la antigua subdelegación 2.a, San Francisco del Monte.
* [[María Pinto]], que comprende la antigua subdelegación 3.a, María Pinto.
* [[María Pinto]], que comprende la antigua subdelegación 3.a, María Pinto.
* [[Cartagena]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 6.a, Cartagena, y 20.a, El Tabo, del antiguo departamento de San Antonio.
* [[Cartagena (Chile)|Cartagena]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 6.a, Cartagena, y 20.a, El Tabo, del antiguo departamento de San Antonio.
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* [[San Pedro (Chile)|Loica]], que comprende las antiguas subdelegaciones: 12.a, San Pedro y 13.a, Loica, del antiguo departamento de San Antonio.


Luego se restituye el [[Departamento de San Antonio]], con las comunas-subdelegaciones de:
Luego, con la Ley 5287 del 11 de octubre de 1933, se divide el Departamento de Melipilla, en el Departamento de San Antonio y el nuevo Departamento de Melipilla. El [[Departamento de San Antonio]], comprende las comunas-subdelegaciones de:
* [[San Antonio (Chile)|San Antonio]]
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* [[Cartagena]]
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* [[San Pedro (Chile)|Loica]]
* [[San Pedro (Chile)|Loica]]


==Véase también==
== Véase también ==
* [[Melipilla]]
* [[Melipilla]]
* [[San Antonio (Chile)]]
* [[San Antonio (Chile)]]
* [[Historia de la organización territorial de Chile]]
* [[Historia de la organización territorial de Chile]]


{{Control de autoridades}}

[[Categoría:Departamentos de Chile|Melipilla]]
[[Categoría:Departamento de Melipilla]]

Revisión actual - 05:38 9 jul 2024

Departamento de Melipilla
Departamento
1927-1933

Bandera


Ubicación Departamento de Melipilla
Capital Melipilla
Entidad Departamento
Historia  
 • 1927 Establecido
 • 1933 Disuelto

El Departamento de Melipilla es una antigua división territorial de Chile, que pertenecía a la Provincia de Santiago. La cabecera del departamento fue Melipilla. Fue creado sobre la base del antiguo Partido de Melipilla. Luego, se segregan las subdelegaciones 6ª, Lagunillas y 7ª, Algarrobo, las que se anexan al Departamento de Casablanca. En 1883 se integran 10 subdelegaciones (las correspondientes a las subdelegaciones de 1889: 10a, Chocalán; 11a, Codegua; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; 16a, Quilamuta; 17a, Carén; 18a, Alhué y 19a, El Asiento) del antiguo departamento de Rancagua, con la creación de la provincia de O'Higgins. El 22 de enero de 1917, se crea el Departamento de San Antonio, con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.

El 30 de diciembre de 1927, con el DFL 8582, es incorporado nuevamente el departamento de San Antonio, y su capital pasa a ser el puerto de San Antonio (Chile). Así, el artículo 2° del DFL 8582 señala: "Art. 2.o Los departamentos tendrán por límites los fijados por el decreto-ley número 354, de 17 de marzo de 1925, y sus actuales cabeceras, con las modificaciones siguientes, además de las arriba indicadas:" "El departamento de Melipilla, estará formado por el territorio del actual departamento de San Antonio y por el de las antiguas subdelegaciones 1.a Melipilla, 2.a San Francisco del Monte, 3.a María Pinto, 9.a Matadero, 10 Chocalán y 11 Codigua, del actual departamento de Melipilla. Su cabecera es el puerto de San Antonio"

De acuerdo al artículo 2°, se segregan las siguientes subdelegaciones del Departamento de Melipilla quedando en los siguientes departamentos:

  • El departamento de Valparaíso estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Limache, Valparaíso y Casablanca, por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del actual departamento de Melipilla, que queda al Norte de la línea de cumbres entre el cerro del Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de los Padrones sobre el Estero de Puangue.
  • El departamento de Santiago estará formado por el territorio de los actuales departamentos de Santiago y La Victoria, por la parte de la antigua subdelegación 6.a Montenegro, del actual departamento de Los Andes, que queda al sur de la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua; por la subdelegación 4.a Curacaví, del departamento de Melipilla, por la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, del mismo departamento, que queda al Sur de la línea de cumbres entre el cerro de Roble Alto y el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de Los Morros y el paso de Los Padrones, sobre el estero Puangue, y por el distrito 3.o El Monte, de la antigua subdelegación 5.a Valdivia de Paine, del actual departamento de Maipo. Su capital es la ciudad de Santiago.
  • El departamento de Cachapoal estará formado por el territorio de las antiguas subdelegaciones 1.a Peumo 2.a Codao, 3.a El Carmen y 4.a El Manzano, del departamento de este nombre; por las antiguas subdelegaciones 16 Quilamuta, 17 Carén, 18 Alhué y 19 El Asiento, del actual departamento de Melipilla, y por las antiguas subdelegaciones 9.a Zúñiga, 10 Pichidegua, 11 Pencahue, 12 Tagua-Tagua y 16 Larmahue, del actual departamento de San Vicente. La cabecera del departamento de Cachapoal es la Villa de San Vicente;

Con el DFL 8583, se divide el Departamento en comunas-subdelegaciones de acuerdo a los límites establecidos en este decreto con fuerza de ley. Luego, con la Ley 5287 del 11 de octubre de 1933, se divide el Departamento de Melipilla, en el Departamento de San Antonio y el nuevo Departamento de Melipilla.

Límites

[editar]

El Departamento de Melipilla limitaba:

Desde 1928 el Departamento de Melipilla limitaba:

Administración

[editar]

La Ilustre Municipalidad de Melipilla se encargaba de la administración local del departamento, con sede en Melipilla, en donde se encontraba la Gobernación Departamental.


Con el Decreto de Creación de Municipalidades del 22 de diciembre de 1891, se crea las siguientes municipalidades, con su sede y cuyo territorio es la subdelegación detallada a continuación:

Municipalidad
Sede
Subdelegaciones
Melipilla
Melipilla
1a, Melipilla
9a, Matadero
San Francisco del Monte
San Francisco del Monte
2a, El Monte
Curacaví
Curacaví
3a, María Pinto
4a, Curacaví
5a, Lepe
San Antonio
San Antonio
6a, Cartajena
7a, San Antonio
8a, Cuncumén
Chocalán
Chocalán
10a, Chocalán
11a, Codegua
Loica
Loica
12a, San Pedro
13a, Loica
Alhué
Alhué
14a, Santo Domingo
15a, Bucalemu
16a, Quilancota
17a, Carén
18a, Alhué
19a, El Asiento

En 1901, se crea la Municipalidad de Cartagena, que entra en funciones en 1903, definiendo su territorio municipal. En 1927 con el DFL 8582 se modifica la composición del departamento, y la cabecera del departamento pasa al Puerto de San Antonio y con el DFL 8583 se definen las nuevas subdelegaciones y comunas, que entran en vigor el año 1928. Al restituirse nuevamente el Departamento de San Antonio, la capital pasa a ser Melipilla.

Subdelegaciones

[editar]

Las subdelegaciones, cuyos límites asigna el decreto del 14 de enero de 1889, son las siguientes:

  • 1a, Melipilla
  • 2a, El Monte (San Francisco del Monte)
  • 3a, María Pinto
  • 4a, Curacaví
  • 5a, Lepe
  • 6a, Cartajena (Cartagena) (hasta 1917)
  • 7a, San Antonio (hasta 1917)
  • 8a, Cuncumén (hasta 1917)
  • 9a, Matadero
  • 10a, Chocalán
  • 11a, Codegua
  • 12a, San Pedro (hasta 1917)
  • 13a, Loica (hasta 1917)
  • 14a, Santo Domingo (hasta 1917)
  • 15a, Bucalemu (hasta 1917)
  • 16a, Quilancota (Quilamuta)
  • 17a, Carén
  • 18a, Alhué
  • 19a, El Asiento

Luego, se creó:

  • 20a, El Tabo (hasta 1917)

Entre paréntesis nombre usado por el DFL 8583.

El 22 de enero de 1917, se crea el Departamento de San Antonio, con las subdelegaciones 6a, Cartagena; 7a, San Antonio; 8a, Cuncumén; 12a, San Pedro; 13a, Loica; 14a, Santo Domingo; 15a, Bucalemu; y 20a, El Tabo.

Comunas y Subdelegaciones (1927)

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De acuerdo al DFL 8583 del 30 de diciembre de 1927, en el Departamento de Melipilla se crean las comunas y subdelegaciones con los siguientes territorios:

  • San Antonio, que comprende las antiguas subdelegaciones: 7.a, San Antonio; 8.a, Cuncumén; 14.a, Santo Domingo y 15.a, Bucalemu, del antiguo departamento de San Antonio.
  • Melipilla, que comprende las antiguas subdelegaciones: 1.a, Melipilla; 9.a, Matadero; 10.a, Chocalán, y 11.a, Codegua.
  • El Monte, que comprende la antigua subdelegación 2.a, San Francisco del Monte.
  • María Pinto, que comprende la antigua subdelegación 3.a, María Pinto.
  • Cartagena, que comprende las antiguas subdelegaciones: 6.a, Cartagena, y 20.a, El Tabo, del antiguo departamento de San Antonio.
  • Loica, que comprende las antiguas subdelegaciones: 12.a, San Pedro y 13.a, Loica, del antiguo departamento de San Antonio.

Luego, con la Ley 5287 del 11 de octubre de 1933, se divide el Departamento de Melipilla, en el Departamento de San Antonio y el nuevo Departamento de Melipilla. El Departamento de San Antonio, comprende las comunas-subdelegaciones de:

Véase también

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