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Aguas interiores

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Las zonas marítimas de acuerdo a la Convención del Mar.

Son aguas interiores las situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial, incluyéndose en ellas los puertos, bahías, estuarios, y las aguas continentales. No incluyen ríos, ni lagos ya que sólo se refieren al agua salada.

Tienen su límite exterior en el mar territorial y el territorio terrestre.

Véase también

Son aquellas que se hallan dentro de las fronteras territoriales y de las líneas de base a partir de las cuáles se mide el mar territorial. Éstas comprenden tanto aguas marinas (puertos, bahías internas y las comprendidas entre líneas de base rectas) como no marinas (lagos y ríos nacionales, al igual que la porción que le corresponde al Estado de ríos y lagos internacionales).

Bibliografía

Los últimos títulos franceses:

- Jean-Pierre Beurier & al., Droits maritimes (Derechos marítimos), Dalloz Ed. (Páris), 2a edición 2008, 1216 páginas, ISBN-978-2-247-07775-5

- Pierre Angelelli & Yves Moretti, Cours de Droit maritime (Curso de Derecho Marítimo), InfoMer Ed. (Rennes), 2008, 350 páginas, ISBN-978-2-91596-37-5