Análisis

Devolución de Hacienda a los jubilados mutualistas

hace un mes - martes, 11 de junio de 2024
Cómo solicitar al Fisco la devolución de cantidades pagadas en exceso por cotizaciones dobles en el caso de jubilados mutualistas.
El derecho a solicitar la devolución de cantidades pagadas de más en el IRPF concierne a llos jubilados mutualistas.

El derecho a solicitar la devolución de cantidades pagadas de más en el IRPF concierne a llos jubilados mutualistas.

Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF

La Seguridad Social se creó en 1967 y fue evolucionando y absorbiendo organismos que, en mayor o menor medida, cumplían antes con su papel. Por eso, muchos de los actuales jubilados cotizaron en su día no a la Seguridad Social, sino a una "mutualidad". Ahora bien, durante un tiempo y a diferencia de otros cotizantes, no pudieron descontar de sus rentas del trabajo las aportaciones hechas y después tributaron en el IRPF por el 100 % de su pensión, lo que supuso una doble imposición.
• El Tribunal Supremo lo ha señalado en diversas sentencias que han empujado a Hacienda a devolver parte de lo que los mutualistas pagaron por sus pensiones. ¿Cómo? Gracias a una reducción fiscal de la pensión que cobren de ahora en adelante y también de la cobrada en los ejercicios no prescritos. La cantidad en juego puede ser de cientos o incluso miles de euros.

De qué reducción se trata

La reducción cambia según cuándo cotizaran y a qué mutualidad. Si hablamos de "mutualidades laborales", la parte de la pensión que corresponda a las aportaciones hechas se librará de tributar en estos porcentajes:
– Lo correspondiente a aportaciones anteriores a 1967 se librará al 100 % (es decir, no tributará).
– Lo correspondiente a aportaciones de los años 1967 a 1978, ambos incluidos, tributará reducido en un 25 % (se tribu-tará solo por el 75 %)
• Si hablamos de "mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social" a las que se aportaran antes del año 1979, la reducción será del 25 %.
• En teoría, si Hacienda dispone de la información hará la regularización pertinente en la actual declaración de la Renta 2023, lo cual aparecerá entre sus datos fiscales de 2023 como “Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF”. Y el programa Renta Web las aplicará de forma automática en su declaración de este año. 

¡Y no se olvide de las anteriores!

Para facilitar las devoluciones de años anteriores, la agencia tributaria ha habilitado un formulario en su página web que permite realizar estas solicitudes sin necesidad de aportar justificantes. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/mutualistas-solicitudes-devolucion.html 
• Hacienda calculará los importes a devolver a partir de la información sobre la vida laboral que obtiene de la Seguridad Social y de otros organismos. En el caso de necesitar algún dato adicional, lo pedirá al solicitante.
Debe presentar el formulario antes del 30 de junio de 2024, fecha en que pres-cribe la posibilidad de rectificar el IRPF de 2019. Así podrá recuperar lo pagado de más en los ejercicios 2019 a 2022. Hágalo, aunque ya haya presentado una solicitud de devolución de ingresos indebidos. De esta forma agilizará la devolución.

Si tiene alguna duda respecto a su IRPF del ejercicio 2023 consulte nuestra Guía Fiscal

 

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