Análisis

Las ayudas al alquiler 2024 en Castilla-La Mancha

hace 7 meses - jueves, 14 de diciembre de 2023
Vea los tres colectivos que pueden obtener ayudas al alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha de cara a 2024, los requisitos, cuantía y plazo para la solicitud.

Ayudas al alquiler en Castilla-La Mancha

Castilla -La Mancha ha publicado su convocatoria de ayudas al alquiler de vivienda para 2024. El plazo para pedir la ayuda es hasta el 15 de enero de 2024.

Existen tres tipos de beneficiarios que pueden obtener ayudas al alquiler de viviendas ubicadas en Castilla-La Mancha.

a) Programa de ayuda al alquiler de vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos. La ayuda es del 50% de la renta, durante el plazo de dos años.

b) Programa específico de ayuda a las personas arrendatarias de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad sobrevenida, con la finalidad de facilitar una ayuda para el pago del alquiler. La ayuda se determina caso por caso, puede ser de hasta el 100% de la renta y hasta 24 meses.

c) Programa específico de ayuda al alquiler a los jóvenes para contribuir al reto demográfico, con la finalidad de facilitar a los jóvenes con escasos medios económicos el acceso al disfrute de una vivienda en régimen de alquiler o de cesión en uso, en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño. La ayuda es del 60% del importe de la renta, por un periodo máximo de 24 meses.

Más abajo le remitimos a la página oficial donde podrá ver cómo hacer el trámite.

Deducciones en IRPF y ayudas al alquiler por CCAA.

Condición: límite de ingresos para los beneficiarios

La suma total de las rentas anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada no deben ser superiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El límite será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.

En el programa específico de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, los límites anteriores se elevan a cinco veces, cinco veces y media y seis veces respectivamente, referidas al período impositivo previo al último período impositivo del IRPF del año 2021.

En el programa específico de ayudas al alquiler a los jóvenes para contribuir al reto demográfico, los límites de rentas mencionados serán los siguientes, las rentas referidas al último período impositivo del IRPF del año 2022:

• Tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

• Cuatro veces el IPREM si se trata de personas con discapacidad o de personas que sean hijos o hijas de víctimas de violencia de género.

• Cinco veces el IPREM cuando se trate de personas con discapacidad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

 

El precio máximo del alquiler es de 600 euros mensuales, sin incluir gastos ni la parte de esa renta que pueda corresponder a anejos como trasteros, garajes o similar. Para habitaciones el límite es de 300 euros. En los casos de vulnerabilidad sobrevenida el límite de renta mensual es de 900 euros.

Se excluye a quien sea propietario de otra vivienda que tenga disponible, a los parientes del arrendador hasta el segundo grado y a quien sea socio de la persona arrendadora.

¿Qué se entiende por vulnerabilidad sobrevenida?

En el programa de ayuda a los arrendamientos en situación de vulnerabilidad sobrevenida, podrán ser beneficiarias de las ayudas, las personas físicas mayores de edad siempre que:

1º. Sean arrendatarios de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, cuya renta no podrá ser superior a 900 euros mensuales.

2º. Hayan devenido vulnerables, al cumplir los dos requisitos siguientes:

• Sufrir una reducción de los ingresos netos del conjunto de la unidad de convivencia en un 20% como mínimo, dentro de los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda, de forma que no superen 3 veces el IPREM, referido al último período impositivo vencido en el momento de presentar la solicitud.

• Asumir un esfuerzo para el pago de la renta arrendaticia, incluidas las repercusiones autorizadas por la legislación aplicable satisfechas por la persona arrendataria, superior al 30% de los ingresos netos de la misma.

 

Más información en la web Vivienda de Castilla-La Mancha.

 

Ayudas al alquiler para inquilinos vulnerables en otras comunidades autónomas.

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